miércoles, 8 de julio de 2020

CONVOCATORIA DE BECAS EDUCACION INFANTIL. Curso 2020 - 2021

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el extracto de la Orden 1354/2020, de la Consejería de Educación y Juventud y la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Natalidad por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas Educación Infantil para el curso 2020-2021, en Centros de Educación Infantil Autorizados por la Comunidad de Madrid
Los alumnos deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Haber nacido o estar previsto su nacimiento con anterioridad al 1 de noviembre de 2020.
b) Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso 2020-2021 en el primer ciclo de Educación Infantil en un Centro de titularidad privada autorizado por la Administración educativa.

El plazo de presentación de solicitudes será del 9 de julio al 5 de agosto de 2020.


MUY IMPORTANTE: Debe advertir a los padres y madres de su centro que vayan a solicitar beca, que es totalmente IMPRESCINDIBLE que en la solicitud indiquen un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que le enviaremos un código con el que podrá acceder a consultar el estado de su solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas así como a la resolución definitiva. De lo contrario no podrá acceder a consultar el estado de su solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.

También hay que tener en cuenta que, si no se autoriza el cruce de datos de renta, se deberá adjuntar un Certificado de renta del ejercicio 2018 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de febrero de 2020.No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.

Además este año hay que pedir cita previa para la presentación de la solicitud en los Registros de la Comunidad de Madrid.


Más información sobre gestión la convocatoria:
 
 

lunes, 27 de abril de 2020

Becas 2020 - Orden de Bases Reguladoras.

Hoy se ha publicado ORDEN 883/2020, de 20 de abril, de la Consejería de Educación y Juventud y de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se modifica la Orden 349/2017, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte y de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2020-2021. 

Esperamos que en el mes de mayo de 2020 se realice la convocatoria de las BECAS. Mantendremos informados a todos nuestros clientes. Recuerda que para acceder a la convocatoria debes tener a tu hijo matriculado en el próximo curso 2020/2021 un Centro de Educación Infantil Autorizado por la CAM, como Mi Primer Cole.

Esta Orden 883/2020 modifica algunos artículos de la Orden 349/2017 que aprueba las bases reguladoras, en concreto:

- Art. 4. Requisitos de los solicitantes. 
- Art. 5. Determinación de la unidad familiar.
- Art. 8.1.e. Documentación necesaria para determinar los ingresos familiares.
- Art. 8.2. Documentación en el caso de alumnos para los que se solicite la beca, cuya fecha prevista de nacimiento sea posterior a la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Art. 13.1. Criterios para la baremación de las solicitudes de ingresos familiares 
- Art. 13.2. Criterios para la baremación de las solicitudes de composición familiar.
 
ORDEN de hoy:
 

ORDEN de 2017:
Igualmente adjunto la Orden 349/2017, para que podáis comprobar las modificaciones realizadas. Teniendo en cuenta que los criterios vigentes son los de la Orden 883/2020.
 

lunes, 13 de enero de 2020

¡NUEVAS! BECAS GUARDERÍA AYUNTAMIENTO DE MADRID para Centros de Educación Infantil Privados Autorizados

BOAM nº 8558 (13/01/2020)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.b4c91589e7f6a5d829da39e5a8a409a0/?vgnextoid=7f43820f4da6f610VgnVCM1000001d4a900aRCRD&vgnextchannel=f47ea38813180210VgnVCM100000c90da8c0RCRD&vgnextfmt=default

Como te hemos venido informando en los últimos meses, hoy día 13 de enero, se ha publicado la convocatoria de Becas para la escolarización en centros de titularidad privada del municipio de Madrid.
A continuación, te indicamos los aspectos más importantes a tener en cuenta a la hora de realizar la solicitud de esta beca:

Dirigido a familias con niñas y niños de 0 a 3 años actualmente escolarizados en centros privados de educación infantil ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa.

Plazo de presentación:  14/01/2020 - 03/02/2020

Cuantía de la ayuda:
  • 100 € mensuales durante un máximo de 11 meses, para rentas per cápita superiores a 9.473,01€.
  • 200 € mensuales durante un máximo de 11 meses, para las familias con rentas per cápita iguales o inferiores a 9.473,01€
Forma de pago: Pago único a las familias con el abono de la beca que le corresponda mediante transferencia bancaria

Requisitos: Pueden solicitar esta ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño, que cumpla todos los requisitos establecidos en la convocatoria:
  • Familias con niñas o niños de 0 a 3 años.
  • Tener el domicilio familiar en el municipio de Madrid.
  • Estar matriculados en el curso 2019/2020 en centros de titularidad privada ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
  • Haber solicitado y no haber obtenido plaza en la red pública municipal del Ayuntamiento de Madrid o en las plazas en escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos municipales para el curso 2019/2020.
  • No haber percibido de otra administración pública para el curso 2019/2020 otra ayuda para la escolarización de la niña o niño para quien se solicita la ayuda objeto de esta convocatoria. Es decir, NO ES COMPATIBLE CON EL CHEQUE 0-3 DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  • No ocupar plazas sostenidas con fondos públicos.
  • No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
Forma de presentación de la solicitud
  • Electrónicamente: accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Con certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Presencialmente: en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación:
  1. Anexo I. "Firma del otro progenitor". Excepto familias monoparentales o excepciones incluidas en instrucciones de la solicitud.
  2. Anexo II. "Matriculacíón y cuotas". Certificado de matriculación del niño para cuya escolarización se solicita la ayuda.
  3. Documentación acreditativa de la fecha de nacimiento y filiación de la niña o del niño (Fotocopia del libro de familia, partida de nacimiento o documento similar).
  4. En caso de no autorizar la consulta al Ayuntamiento de Madrid, deberá presentar:
    • Documentación acreditativa del nivel de renta.
    • Certificado de empadronamiento.
    • Certificado de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.
 
Para más información y tramitación electrónica pinche aquí.