¿ ESCUELITAS PIRATAS ?
No se trata de una denominación
divertida, o de una actividad dinamizadora. Lamentablemente NO. Se trata de
establecimientos que pretenden atender a niños en edades muy tempranas y que
sortean la legislación educativa y normativas comunitarias o municipales,
evitando así cumplir con requisitos como:
1- Titulaciones especializadas
del personal que atiende a los niños. No Hay control.
2- Inspecciones de la Consejería
de educación: personal necesario especializado y titulado, niños por aula,
requisitos de luz y ventilación natural, números de aulas, tamaño de las aulas,
dependencias necesarias en la instalación, Propuesta Pedagógica de Centro, programación
del trabajo, horario de trabajo (DOC), etc.
3- Normativas de sanidad y
consumo. Al no estar en los listados de Centros de Educación Infantil.
Hay otros muchos requisitos específicos
que cumplir: contratos de seguros; adecuación de la instalación eléctrica a las
normativas de industria, normativa de incendios, mutuas laborales de trabajo,
contratos de desinfección, normativas sanitarias municipales o autonómicas, formación
y hábitos de higiene del personal, etc.
Como veis, además de ser un timo,
es una situación que afecta muy gravemente al bienestar y seguridad de los
niños.
¿COMO DISTINGUIR LA DE MENTIRA DE LA DE VERDAD?
Fundamentalmente hay que diferenciar dos claros indicadores
de establecimientos para que NO NOS ENGAÑEN:
1- Centros de Educación Infantil. Autorizados por la CAM. Asisten
alumnos con regularidad.
a) Pueden solicitar la BECA de la CAM. b) Tienen un Código de Centro, pídalo y
verifíquelo.
2- Ludotecas o salas de juego. Solo se les permiten asistencias
para un día suelto o unas horas.
a) No tienen acceso a solicitar BECAS de la CAM. b) No
tienen Código de Centro.
"Madrid, 12 de
febrero de 2014
Estimado/a
asociado/a:
Como
ya te informé el pasado 27 de enero, ACADE inició hace dos años una campaña
contra los establecimientos ilegales, con el gravísimo daño que están haciendo
a nuestro sector.
Después
de numerosas reuniones durante el año 2013, esta mañana se ha reunido la Mesa
Negociadora del Convenio colectivo en la sede de ACADE y se ha ultimado la
redacción de una declaración conjunta en defensa de los centros autorizados de
educación infantil, cuyo texto te acompaño en archivo adjunto. Este documento
se enviará a los medios de comunicación, a los partidos políticos, a las CCAA,
a la Federación de Municipios y Provincias, al Defensor del Menor, etc.
Asimismo,
las próximas actuaciones serán:
-
Elaborar una Nota de Prensa y un Plan de Comunicación, para denunciar la situación
actual.
-
Redactar un Argumentario Político que sirva de base en las reuniones con los
distintos estamentos.
-
Elaborar un Informe Jurídico para estudiar las posibles acciones legales y
judiciales en relación con este tema.
Me
gustaría destacar el clima de colaboración que se está produciendo entre
patronales y sindicatos del sector ya que todos hemos asumido que juntos y sin
protagonismos podremos conseguir mejores resultados.
No
obstante, te anuncio que los próximos días 28 y 29 de marzo tendrá lugar
la Convención de ACADE, en la que se tratarán, entre otros temas de
muchísimo interés, la situación de los centros ilegales y el Plan de Actuación
que vamos a emprender, así como la problemática de la negociación colectiva que
vamos a iniciar este año.
En
la Convención trabajaremos formando equipos entre todos los asistentes para
recoger vuestras propuestas sobre estas cuestiones con el objeto de que
vuestras decisiones formen parte del Plan de Actuación que llevará a cabo
ACADE.
En esta semana recibirás el programa completo de la
Convención, en el que podrás comprobar la importante temática que se va a
desarrollar, tanto en el ámbito empresarial como educativo, por lo que te
invito encarecidamente a que participes en la misma.
Cualquier
sugerencia o aportación de tu parte será siempre bien recibida.
Agradeciendo
tu ayuda, recibe un afectuoso saludo.
Javier Hernández"
DECLARACIÓN EN CONTRA DE LA PROLIFERACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ILEGALES
QUE ACTÚAN COMO CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL
- MOTIVACIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO
El motivo del presente documento es iniciar una campaña en defensa de
los centros autorizados de educación infantil frente a la proliferación en toda
España de establecimientos ilegales, no autorizados por la Administración
educativa, que ejercen esta actividad, amparados por la falta de actuación de
las administraciones públicas competentes.
Asimismo se pretende extender la defensa de una adecuada regulación
laboral de los trabajadores de los centros de trabajo afectados por medio del Convenio Colectivo de centros de asistencia
y educación infantil, frente a la desregulación que otras vías pueden
suponer.
- ANTECEDENTES
La incorporación de la mujer al mundo laboral, iniciada antes de los
años 80, hizo surgir la necesidad en la sociedad y en las familias de buscar
medidas para conciliar la vida laboral y familiar.
Por otra parte, ya en los años 80 la neurociencia demuestra que la
asistencia de los neonatos a programas de educación infantil ayuda a
desarrollar el cerebro de los niños, y así, la Conferencia Mundial Educación
para Todos, celebrada en Jomtiem, Tailandia (organizada por UNESCO) en marzo de
1990,
en su Declaración Final incluyó, como elemento central de la ampliación
de los medios y el alcance de la educación básica, lo siguiente:
“La educación comienza con el nacimiento.
Ello exige el cuidado temprano y la educación inicial de la infancia, lo que
puede conseguirse mediante medidas destinadas a la familia, la comunidad o las
instituciones, según convenga”.
Asimismo, el marco de acción resultante de esta
importante reunión recomendaba:
“La expansión del cuidado a la primera
infancia y las actividades de desarrollo, incluyendo intervenciones por parte
de la comunidad y la familia, especialmente para niños pobres, desfavorecidos e
incapacitados”.
A partir de este momento, existen multitud de pronunciamientos
internacionales en el sentido de regular y extender la educación de la primera
infancia. Dentro de esta corriente mundial de que la educación comienza con el
nacimiento, en España, ya en el año 1990, la Disposición Adicional Sexta de la LOGSE
incluye en su regulación, en vigor hasta la fecha, el ciclo 0 a 3, definiéndolo
y configurándolo como educativo, exponiendo que:
“Por razones de protección a la infancia,
los centros privados que acogen de modo regular niños de edades
correspondientes a la educación infantil, quedarán sometidos al principio de
autorización administrativa … “
Asimismo, la disposición TRANSITORIA Primera dice:
Los centros que actualmente atienden a niños
menores de seis años y que no estén autorizados como centros de educación
preescolar dispondrán, para adaptarse a los requisitos mínimos que se
establezcan para los centros de educación infantil, del plazo que en la fijación
de los mismos se determine (Disposición transitoria 1ª).
Esto comporta el sometimiento a una normativa detallada y a inspecciones
regulares y periódicas.
Con la LOGSE se deroga la
enseñanza no reglada en el tramo 0-3 años y la Educación Infantil se convierte en
educación reglada, por tanto, bajo la inspección de las autoridades educativas.
Desaparecen tipologías utilizadas con anterioridad y, desgraciadamente, aún
demasiado consolidadas como “guarderías”,
“preescolar” o denominaciones
análogas, y se obligó a los centros que ejercían bajo estas nomenclaturas a solicitar
autorización ante la Administración educativa, exigiéndoseles unos requisitos mínimos
curriculares, de instalaciones y de profesorado, pasando a denominarse “escuelas infantiles” y “centros de educación infantil”.
Esta política de incorporación de la educación infantil al sistema
educativo sigue las directrices marcadas por el Consejo de la Unión Europea y
de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, al promulgar el
documento Educación y cuidados de la primera infancia: ofrecer a todos los niños
la mejor preparación para el mundo de mañana dentro de la Agenda
de la UE en pro de los Derechos del Niño.
- NORMATIVA ACTUAL
La normativa en vigor deriva de la Ley Orgánica 2/2006 de
Educación, desarrollada por el Real Decreto 806/2006, que estableció el
calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo en cuanto
a la adaptación de los centros de primer ciclo de infantil: “Los
centros que atiendan a niños menores de tres años y que no estén autorizados
como centros de educación infantil, o lo estén como centros de preescolar,
dispondrán de 3 años para adaptarse a los requisitos que se establezcan a
partir de la entrada en vigor de su regulación específica.”
Desde el año 2006 y en desarrollo de la LOE, las Comunidades Autónomas
se han encargado de aprobar la normativa de requisitos mínimos para la apertura
y funcionamiento de centros de educación infantil, estableciendo unos
requisitos de instalaciones, de profesorado y cupos máximos de alumnado sujetos
a inspección educativa y a inspecciones sanitarias, de protección de datos, normativa
de accesibilidad, prevención de riesgos, etc.
Las Comunidades Autónomas han regulado este tipo de centros y, por
razones de protección de la infancia, los centros que acogen de manera sistemática
y regular a los niños de estas edades, 0 a 3, han pasado a ser educativos.
A partir de este momento, los únicos centros que pueden acoger de
manera “regular” (entendiéndose en la norma el término regular como de forma
“continuada y sistemática”) a los niños de 0 a 3 años son las Escuelas
Infantiles o Centros de Educación Infantil de 1º Ciclo, autorizados por las
autoridades educativas competentes. En ellos se educará y atenderá a los niños
de la edad señalada, bajo una dirección pedagógica adecuada y por unos
profesionales debidamente cualificados.
Obviamente podrán existir otros centros donde puedan ir los niños (ludotecas,
guarderías de centros comerciales, etc.), pero en ellos no se podrá acoger a
los niños de manera regular, ni el centro tendrá un proyecto pedagógico, ni
planes de estimulación, ni educadores cualificados, ni carácter educativo, ...
- SITUACIÓN ACTUAL
Las líneas marcadas por la LOGSE para la educación infantil no sólo se
han mantenido sino que se han profundizado en las posteriores leyes de
educación.
Como decíamos anteriormente, sólo
existe un tipo de centro que puede hacerse cargo de los niños menores de tres
años de manera sistemática y regular: las escuelas y centros de educación
infantil de primer ciclo. Los demás centros, como las ludotecas, legalmente no
tienen carácter educativo y sólo pueden atenderles esporádicamente.
Sin embargo, la falta de actuación y coordinación entre administraciones
y, en muchos casos, la errónea interpretación sobre la normativa de ludotecas,
está provocando que proliferen establecimientos ilegales, que atienden a niños
de 0 a 3 años, sin las instalaciones adecuadas, ni los profesionales
específicos debidamente titulados, lo cual está desacreditando al sector de la
educación infantil y a sus profesionales. Pero, lo que es peor, se posibilita
la atención de niños de 0 a 3 años desprovista de cualquier tipo de garantía y
control.
Sabemos y somos conocedores de que dentro de este tramo de edad de
educación no obligatoria, los padres pueden decidir qué hacer con la educación
de sus hijos y su atención, la cual se puede llevar a cabo de la manera que
estimen pertinente, siempre y cuando se cumpla la legalidad y estén bien
informados sobre las alternativas de las que disponen y las diferentes
funciones que realizan las escuelas o
centros de educación infantil y las ludotecas y establecimientos similares.
La existencia de establecimientos que se hacen pasar por centros de
educación infantil constituye un
intrusismo profesional y una competencia desleal para éstos, pequeñas empresas
en su mayor parte, que han tenido que hacer grandes esfuerzos económicos e
inversiones en infraestructuras, material educativo y asistencial, pasar
inspecciones educativas, contratar a personal educativo especializado,
servicios de asistencia… con todo el coste y garantías que ello supone.
La intención de este escrito es velar por la Educación Infantil y sus
profesionales, proteger a la infancia y hacer cumplir la normativa existente.
Es manifiestamente injusto, gravoso y desleal que se intente llevar a error al
consumidor sobre la actividad ilícita que realizan estas empresas, cuando los
centros de educación infantil están luchando día a día por sobrevivir
impartiendo educación con la profesionalidad y bajo la estricta legalidad que
para ello les obliga la normativa educativa.
Además, la existencia de estos centros supone un ataque y un desprecio
total hacia el derecho a la educación y la enseñanza de la infancia más
indefensa como son los bebés y los niños de hasta tres años, y por supuesto,
también constituye un engaño hacia los padres. En este tipo de centro se hace
caso omiso a la Declaraciones de la Comunidad Educativa Mundial cuando expone
que la EDUCACIÓN EMPIEZA CON EL NACIMIENTO, hecho que la ciencia moderna ha
dejado más que demostrado.
De todo lo anteriormente expuesto no queremos que se deduzca que instamos
a la desaparición de la actividad de ludoteca (de hecho, cuando las actividades
están claramente diferenciadas pueden coexistir e incluso llegar a
compatibilizarse), pero sí nos sentimos obligados a denunciar y llevar hasta
sus últimas consecuencias cualquier actuación ilegal.
- CONCLUSIONES
Las organizaciones firmantes de
esta declaración observamos con suma preocupación y denunciamos la falta de
interés y la pasividad de las administraciones competentes en el cumplimiento
de sus obligaciones. Esta permisividad e impunidad actuales están provocando
daños irreparables a nuestra infancia.
Consideramos, finalmente, que
todos los agentes sociales y políticos implicados en el sector, tenemos la
ineludible responsabilidad de velar por el mantenimiento de una educación
infantil de calidad, evitando situaciones de riesgo para la formación y
seguridad de los niños, motivadas por la existencia de situaciones irregulares,
permitidas por las Administraciones y, derivadas de la ausencia de formación
del personal, de la inobservancia de la regulación vigente y de la falta de controles e inspecciones, en
estos establecimientos.
Con ello pretendemos garantizar la estabilidad en el Sector de Educación Infantil 0-3, tanto en lo relativo a la sostenibilidad
de los centros existentes, la viabilidad de la creación de nuevas escuelas y la
deseable y necesaria garantía en el mantenimiento de los puestos de trabajo
de los profesionales que prestan sus servicios en ellos.
Por todo ello solicitamos:
PRIMERO.- Que las Administraciones autonómicas que no
hayan regulado esta materia legislen en el sentido de diferenciar claramente
las actividades de la educación infantil y de las ludotecas o similares,
especificando su ámbito de actuación para evitar confusiones a los usuarios y
abuso en la apertura de establecimientos ilegales. En todo caso y, en todo el
territorio nacional, debe fijarse el criterio de que la atención regular y sistemática de los niños de 0 a 3
años, es un ámbito exclusivo de los centros de educación infantil de primer
ciclo.
CUARTO.- Las organizaciones firmantes de la
presente declaración, asumimos el compromiso de denunciar estas actividades
ilegales, con todo los medios que la legislación nos permita, sin descartar, la
vía judicial al objeto de entablar acciones contra los centros ilegales y
contra las Administraciones competentes.